¿ Quiénes están obligados a Auditarse ?

Causas Generales:

Ley 16/2007 de 4 de Julio, Articulo 2º, Modificación del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas aprobado por RDL 1564/1989, de 22 de diciembre, para todas aquellos ejercicios a partir del 01/01/2008
y que cumplan 2 de los tres requisitos consecutivos:

a.- Sobrepasar dos de tres circunstancias:
  • Activos: superiores a 2.850.000 euros
  • Cifra de negocio: superiores a 5.700.000 euros
  • Número de empleados: superiores a 50
  • Sin excepción, todas aquellas compañías obligadas por naturaleza, bancos, entidades de seguros, compañías que coticen en bolsa, cooperativas de viviendas, etc.

b.- Solicitud de accionistas que representen más del 5% del capital social.

Otras causas:

  • Valoración acciones y participaciones en las causas previstas por la Ley.
  • Aumento de capital con cargo a reservas.
  • Exclusión del derecho de suscripción preferente.
  • Reducción de capital para compensación de pérdidas.
  • Fusión y escisión de sociedades.
  • Emisión de obligaciones convertibles.
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